Existen numerosas subvenciones para casas rurales y, en la actualidad, este tipo de alojamientos no sólo se benefician de las subvenciones para el fomento del turismo rural sino que, también, se le aplican otras muchas ayudas que tratan de favorecer a determinados colectivos o iniciativas.
Desde LASoluciónRural realizamos la gestión de casas rurales y queremos ofrecerte una aproximación o resumen de todas las que puedes solicitar.
Índice de Contenidos
- 1 Subvenciones para casas rurales
- 2 Convocatorias y ayudas a casas rurales en 2018 por Comunidades Autónomas
- 3 Pago único y capitalización del desempleo
- 4 Subvenciones para la creación de COOPERATIVAS y otras empresas de economía social
- 5 Ayudas al DESARROLLO RURAL
- 6 Subvenciones a la EFICIENCIA ENERGÉTICA
- 7 Ayudas a la REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
- 8 Subvenciones y Ayudas a la CONTRATACIÓN
- 9 Ayudas para MUJERES EMPRENDEDORAS
- 10 Resumen de Subvenciones para casas rurales en la Comunidad Valenciana
- 11 ¿Es fácil conseguir una subvención para una casa rural?
- 12 ¿Es necesario un gestor o gestoría para el turismo rural?
Subvenciones para casas rurales
Estos son los tipos de subvenciones que existen para casas rurales:
- Subvenciones para la creación de EMPLEO AUTÓNOMO y creación de empresas de ECONOMÍA SOCIAL.
A continuación, describimos en qué consiste este tipo de ayuda para casas rurales y el fomento del autoempleo.
El programa de promoción del empleo autónomo
Se trata de un programa de ámbito nacional regulado por la Orden TAS/1622/2007 de 5 de junio y dirigido a personas desempleadas. Está gestionado por las Comunidades Autónomas, generalmente a través de sus Consejerías de Empleo y por el Servicio Público de Empleo Estatal en aquellas CC.AA. que no hayan asumido competencias en la materia y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Está cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Después de quedar pendientes las convocatorias 2013 y 2014 en muchas CC.AA. por los recortes y la finalización del marco presupuestario europeo 2007-2013, desde 2015 se ha retomado una cierta normalidad gracias a la activación del nuevo marco presupuestario 2014-2020.
A continuación, encontrarás una relación con:
- Ayudas previstas en el programa de promoción del empleo autónomo.
- Programas vigentes en cada comunidad autónoma y convocatorias 2018.
Convocatorias y ayudas a casas rurales en 2018 por Comunidades Autónomas
A continuación, te ofrecemos para cada Comunidad Autónoma el nombre concreto de la subvención para el establecimiento como autónomo, debido a las fechas que estamos, ya casi finalizando el año, son pocas las comunidades que todavía no han cerrado la convocatoria del 2018, pero te servirá para estar atento a la próxima convocatoria y así poder montar una casa rural, pidiendo información en el organismo que las gestiona:
ANDALUCIA
Denominación
Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo.
Convocatoria 2017-2018
CERRADA (fecha de cierre el 1/3/2018)
Beneficiarios
En esta línea tiene la consideración de concepto subvencionable el establecimiento de la persona beneficiaria como trabajadora autónoma al objeto de realizar una actividad profesional o empresarial por cuenta propia. Los beneficiarios se tienen que encontrar en alguna de estas situaciones:
- a) Que se establezcan por primera vez como trabajadoras autónomas.
b) Que en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha del establecimiento como trabajadoras autónomas, no hayan estado dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les corresponda.
Cuantía de la Subvención
- 4.000 euros para personas desempleadas menores de 30 años.
- 4.500 euros para mujeres desempleadas.
- 5.000 euros para hombres desempleados con discapacidad.
- 5.500 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
- 3.000 euros para personas no susceptibles de encuadrarse en los supuestos anteriores.
Más información: Junta de Andalucía
ARAGÓN
Denominación
Emprendedores Autónomos. Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo.
Convocatoria 2018
CERRADA
Plazo de solicitud
Desde el 8 de enero al 8 de febrero de 2018.
Cuantía
- 3.000 para desempleados en general.
- 4.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años y personas desempleadas mayores de 45 años.
- 6.000 euros para desempleados con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género.
La cuantía se incrementará un 10% en los dos siguientes casos:
- Cuando la persona solicitante sea una mujer, con excepción de las víctimas de género.
- Cuando la persona solicitante reciba alguna de estas ayudas:
- Ingreso Aragonés de Inserción.
- Ayuda Programa Prepara.
- Programa de renta activa de inserción.
- Programa de Activación para el Empleo.
Requisitos
- Haber permanecido desempleado e inscrito como demandante de empleo durante, al menos, los 3 meses anteriores al inicio de la actividad. No se exige este requisito para < 30 años, personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género, exalumnos de Escuela Taller o Taller de Empleo y quienes desarrollen su actividad en municipios < 500 habitantes.
- Realizar la actividad de forma exclusiva durante 12 meses.
- Contar con un Plan de viabilidad del proyecto.
- Realizar una inversión mínima de 5.000 €, salvo personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género. La inversión exigida se reduce a 2.500 € para actividades en municipios < 500 habitantes.
Más información: Aragón
ASTURIAS
Denominación
Programa de apoyo a la trabajadora autónoma.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 2/05/2018)
Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas trabajadoras autónomas que por motivos de maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo, precisen realizar la contratación de una persona que les permita disfrutar de permisos por las citadas causas, inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos y que estén radicadas y desarrollen una actividad económica en el territorio del Principado de Asturias.
Cuantía
2.500 euros en subvenciones para casas rurales en Asturias o para el turismo rural asturiano.
Ampliar Información: Agencia de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA).
BALEARES
Denominación
Ayudas económicas al inicio de la actividad, destinadas a promocionar la constitución de personas desempleadas inscritas en demanda de empleo como trabajadoras o trabajadores autónomos.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 5/10/2018)
Beneficiarios
- Las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo con carácter previo al inicio de la actividad.
- Las personas jóvenes de 16 a 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. La edad de la persona solicitante se ha de calcular en la fecha en que se dé de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, día en que deberá tener 16 años como mínimo y ser menor de 30 años.
Cuantía
- 4.000€ para desocupados en general (5.000€ en caso de ser mujer).
La subvención se puede incrementar en las siguientes cuantías:
- 3.000€ si la persona que se establece como trabajadora o trabajador autónomo es una persona con discapacidad.
- 500€ si la persona que se establece como trabajadora autónoma es una mujer víctima de violencia de género.
- 500€ si la persona que se establece como trabajador autónom está en situación de desempleo de larga duración.
- 1.000€ si la persona que se establece como trabajadora o trabajador autónomo tiene 45 o más años y se encuentra en situación de desempleo de larga duración.
Ampliar Información: Baleares.
CANARIAS
Denominación
Subvenciones por establecimiento como trabajador autónomo.
Convocatoria 2018
ABIERTA hasta el 31/10/2018
Beneficiarios
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo, cuando se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia en la Comunidad Autónoma de Canarias y se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el régimen especial que corresponda o en la Mutualidad del colegio profesional.
Cuantía
- 5.000,00 € para desempleados en general.
- 6.000,00 € para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
- 7.000,00 € para hombres con discapacidad.
- 8.000,00 € para desempleadas en general.
- 000,00 € para mujer de 30 años o menos.
- 9.000,00 € para mujeres con discapacidad.
Estos importes se incrementarán 1.000 € en caso de estar inscrito en Garantía Juvenil o ser parado de larga duración.
Ampliar Información: Canarias.
CANTABRIA
Denominación
Subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo. Programa I. Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia
Convocatoria 2018
ABIERTA PERMANENTEMENTE
Plazo de solicitud
La solicitud deberá ser presentada en el plazo de 3 meses después de la emisión del informe de viabilidad, contados a partir de la fecha de emisión de dicho informe, debiendo ser presentada la solicitud con carácter previo al alta en la Seguridad Social o sistema alternativo. El informe de viabilidad favorable ha de presentarse junto a la solicitud de la ayuda.
Cuantía
- 4.800 € para hombres desempleados en general.
- 6.000 € para mujeres desempleadas en general.
- 6.800 € para personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.
- 8.000 € para mujeres víctimas de violencia de género.
Las anteriores cuantías se incrementarán en 500 euros en el caso de personas que a fecha de presentación de la solicitud cumplan los requisitos para aplicarse la tarifa plana regulada en el artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.»
Más información: Cantabria
CATALUÑA
Denominación
Convocatoria de ayudas económicas destinadas al fomento del empleo en el marco del Programa PICE, año 2017. Línea 2. Ayudas a emprendedores.
Convocatoria 2018
PENDIENTE
Convocatoria 2017
CERRADA (fecha de cierre el 29/10/2018)
Destinatarios
Jóvenes emprendedores que se den de alta en el IAE y el RETA.
Cuantía
1.800 euros para inicio de actividad.
Más información: Cámara Oficial de Comercio.
CASTILLA LA MANCHA
Denominación
Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Convocatoria 2018
ABIERTA hasta el 30/11/2018.
Cuantía
- Hasta un máximo de 3.500 euros en caso de ser hombre, que se incrementará en 600 euros cuando el hombre tenga la condición de persona con discapacidad
- Hasta un máximo de 4.500 euros en caso de ser mujer, que se incrementará en 800 euros cuando la mujer tenga la condición de persona con discapacidad
Beneficiarios
Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio y cumplan los siguientes requisitos:
- Estas inscritas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda.
- Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente a partir del día 1 de noviembre de 2016.
- No simultanear la actividad empresarial con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un período superior a 96 días dentro del plazo de un año a contar desde la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda.
- No haber sido beneficiario de ayudas para el fomento del autoempleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de la presentación de la solicitud, salvo que se trate de una nueva actividad (distinto CNAE) y/o cambio de localidad de negocio.
Más información: Castilla la Mancha
CASTILLA Y LEON
Denominación
Subvenciones destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas porcuenta propia.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 15/09/2018)
Beneficiarios
- Personas físicas que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional, iniciando una actividad económica por cuenta propia.
- Menores de 35 años
- Personas de entre 35 y 44 años, ambas inclusive, que sean desempleadas de larga duración y figuren como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo durante al menos 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día 1 del mes en que produzca efectos el alta en el RETA.
- Personas de entre 35 y 44 años inscritos en el Servicio Público de Empleo durante durante 3 o más meses ininterrumpidos, inmediatamente anteriores al día 1 del mes en que produzca efectos el alta en el RETA.
- Personas de 45 o más años.
Cuantía
4.000 euros para:
- Menores de 35 años
- Personas de entre 35 y 44 años, ambas inclusive, que sean desempleadas de larga duración.
- Personas de 45 o más años.
3.000 euros para:
- Personas de entre 35 y 44 años, que no sean desempleados de larga duración.
Incremento de la cuantía en 500 euros para:
- Persona de 45 o más años, no perciba prestación contributiva por desempleo o subsidio.
- Desempleado de larga duración y no perciba prestación contributiva por desempleo.
- Emigrante castellano y leonés retornado.
- Aquellos solicitantes cuyo centro de trabajo o establecimiento radique en alguno de los territorios y zonas geográficas más desfavorecidas.
- Si es la solicitante es mujer.
- Desempleado de larga duración y se halle en riesgo de exclusión social o tenga dificultades de integración.
Más información: Castilla y León
EXTREMADURA
Denominación
Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Convocatoria 2018
ABIERTA hasta el 1/03/2019
Cuantía
- 8.000 euros para mujeres.
- 7.500 euros para:
- Desempleados con diversidad funcional.
- Jóvenes menores de 30 años.
- Desempleados de 52 años o más.
- Desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- Desempleados extremeños que retomen de la emigración de la Comunidad Autónoma en los cuatro últimos años.
- Desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en alguno de los programas subvencionados por el SEXPE.
- Desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en Proyectos Innovadores y fomento del empleo en el ámbito local.
- Parados de larga duración.
- 5.000 euros para desempleados no incluidos en apartados anteriores.
Beneficiarios
- Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajador por cuenta propia a título individual siempre que deban quedar encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependiente a los que se refiere el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajador autónomo, en los términos establecidos en el artículo 9.1.h.
- Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
- Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, formando parte como comunero o socios y se den de alta en RETA.
Las personas beneficiarias de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de alta en RETA.
- Tener cumplidos dieciocho años.
- Haber figurado inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, careciendo de ocupación efectiva según informe de vida laboral de la TGSS y encontrarse en tal situación en el momento en que se produzca el alta en RETA.
- Las personas beneficiarias de ambos programas deberán desarrollar, desde la fecha de alta en RETA, su actividad económica en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Así mismo a fecha de alta en el RETA, salvo que la Ley establezca fechas distintas, las personas beneficiarias no podrán estar incursos en alguna de las circunstancias que contempla el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Al objeto de acreditar el cumplimiento de los citados extremos deberán presentar una declaración responsable dirigida al órgano que ha de conceder la subvención, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo de solicitud del presente decreto.
Más información: Extremadura.
GALICIA
Denominación
Subvención por el establecimiento como persona trabajadora autónoma o por cuenta propia en el marco del Programa Emega. Línea Emprende.
Convocatoria de 2018
CERRADA (fecha de cierre el 4/08/2018)
Beneficiarias
Empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica entre el 1 de septiembre de 2017 y 4 de septiembre de 2018.
Cuantía
- Incentivo de 8.000 euros a las empresas que creen el puesto de trabajo de la promotora.
- Incentivo de 14.000 euros a las empresas que creen dos puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
- Incentivo de 18.000 euros a las empresas que creen tres puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
- Incentivo de 20.000 euros a las empresas que creen cuatro o más puestos de trabajo para mujeres, por cuenta propia o por cuenta ajena con contrato indefinido, incluyendo el de la promotora o promotoras.
Más información: Galicia.
LA RIOJA
Denominación
Subvenciones al Programa de Promoción de Emprendedores.
Convocatoria 2018
ABIERTA hasta el 20/11/2018
Beneficiarios
Personas físicas, desempleadas o en activo, que se constituyan como empresario individual o como sociedad, tengan su domicilio fiscal y centro de trabajo en La Rioja y que, en ambos casos, se hubiesen constituido formalmente a partir del 15 de noviembre de 2016, incluido, y que radiquen su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuantía
Hasta el 35% de la inversión a proyectos emprendedores.
Más información: La Rioja.
MADRID
Denominación
Ayudas a Trabajadores que se constituyan por cuenta propia.
Convocatoria 2018
INDEFINIDO
Beneficiarios
Personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, en el período subvencionable.
Cuantía
- El importe de la subvención a conceder será de 2.500 euros.
- En el caso de ser mujer desempleada, desempleado mayor de cuarenta y cinco años, o parado de larga duración, el importe de la subvención a conceder será de 2.800 euros.
- En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán un 10 por 100.
Más información: Comunidad de Madrid
MURCIA
Denominación
Programa de subvenciones para el fomento del autoempleo o empleo autónomo (INVERSIÓN).
Convocatoria 2018
ABIERTA DE FORMA INDEFINIDA
Requisitos
Se establece como requisito realizar una inversión de al menos 2.500 euros.
Cuantía
Depende del volumen de inversión.
Hombres:
- Hasta 3.000 euros para menores de 30 años, de 45 a 54 años y de 30 a 44 años parados de larga duración. Si la inversión es superior a 5.000 €, la subvención se incrementa hasta 6.000 €.
- Hasta 4.000 euros para discapacitados, de 45 a 54 años parados de larga duración y de 55 o más años. Hasta 8.000 si la inversión alcanza o supera los 5.000 €.
- Hasta 3.000 euros en general y 3.300 cuando se trate de personas que pertenezcan a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional de fomento del empleo que así lo prevea, o bien, que hayan participado con aprovechamiento en un programa de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no hayan transcurrido doce meses desde la finalización.
Mujeres:
- Hasta 3.500 euros con carácter general y 7.000 si la inversión alcanza o supera los 5.000 €.
- Hasta 4.500 euros para discapacitadas, paradas de larga durción de 45 a 54 años y mujeres de 55 o más años. Hasta 9.000 si la inversión alcanza o supera los 5.000 €.
- Estas cantidades se incrementarán en un 10% para víctimas de violencia de género.
- Hasta 3.800 euros (y 7.600 e en inversiones de 5.000 o más euros) cuando se trate de personas que pertenezcan a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional de fomento del empleo que así lo prevea, o bien, que hayan participado con aprovechamiento en un programa de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no hayan transcurrido doce meses desde la finalización.
Más información: Región de Murcia.
NAVARRA
Denominación
Subvenciones para la promoción del empleo autónomo.
Convocatoria 2018
ABIERTA DE FORMA INDEFINIDA
Presentación
- Un mes a partir del alta en la Seguridad Social.
- Para las personas cuya alta en la Seguridad Social haya sido anterior a la fecha de publicación de la convocatoria el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación oficial de la presente convocatoria (ver punto 4º de la Resolución 1365/2016, de 4 de julio).
Cuantía
Subvención en cuantía variable (a partir de 2.000 euros) en función de las circunstancias personales de quien se establece como trabajador autónomo.
Ampliar Información: Navarra.
PAIS VASCO / BIZKAIA
Denominación
Ayudas a la puesta en marcha y la creación de empresas en territorio histórico de Bizkaia.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 15/09/2018)
Cuantía
- 5.000 euros para la persona promotora, que cumpla los requisitos detallados en el apartado «Entidades financieras».
- 2.000 euros por cada persona o personas promotoras distinta de la indicada en el punto anterior, que cumpla los requisitos detallados en el mecionado apartado, en este caso, independientemente de que hayan realizado la formación y el asesoramiento.
Más información: País Vasco / Bizkaia.
PAIS VASCO / GUIPUZCOA Y ALAVA
Denominación
Acompañamiento a proyectos empresariales proceso de creación de empresas en Guipuzkoa.
Convocatoria 2018
CERRADA el 18/10/2018
Cuantía
Hasta el 100% del coste elegible de los gastos derivados del acompañamiento a la persona o equipo promotor.
Más información: Diputación Foral de Guipuzkoa
COMUNIDAD VALENCIANA
Denominación
Ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 1/10/2018)
Beneficiarios
Podrán solicitar la ayuda las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro Servef que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria 2015.
Cuantía
- Desempleados en general: 2.500 euros.
- Desempleados menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros.
- Desempleados con una discapacidad de al menos el 33%: 4.000 euros.
- Mujeres desempleadas víctimas de la violencia de género: 4.500 euros.
El importe establecido en los tres primeros casos se incrementó en 500 euros si el beneficiario era una mujer.
Actividades emergentes: en el caso de que la actividad autónoma desarrollada se encuadre en alguna de las divisiones, grupos o clases de la clasificación nacional de actividades económicas 2009 (CNAE-2009) que especifica el anexo I de la orden, las cuantías del apartado 1 se incrementarán en 500 euros.
http://www.servef.gva.es/fomentoocupacion.
Pago único y capitalización del desempleo
Si estás interesado o interesada en iniciar tu propio negocio rural, esta es una alternativa muy interesante, ya que permite cobrar en un solo pago hasta el 100% del importe pendiente de la prestación por desempleo y hacer frente así a parte de la inversión inicial. Otra alternativa, en lugar de cobrar la totalidad en un pago único, es la de compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el alta en actividades económicas.
Son subvenciones a la incorporación de desempleados como socios de cooperativas y sociedades laborales. Si sois varias personas las que queréis emprender un negocio rural podéis constituir una sociedad cooperativa para el desarrollo de la actividad puesto que al hacerlo así os podréis beneficiar de estas ayudas.
Colectivos de desempleados objeto de las ayudas
Podrán concederse estas ayudas a las cooperativas de trabajo asociado, las cooperativas que tengan socios de trabajo y las sociedades laborales que incorporen como socios trabajadores o de trabajo personas que estén incluidas en alguno de los colectivos siguientes:
- Desempleados menores de veinticinco años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo.
- Desempleados mayores de cuarenta y cinco años.
- Desempleados de larga duración que hayan estado sin trabajo e inscritos en la oficina de empleo durante al menos 12 de los anteriores 16 meses o durante 6 meses de los anteriores 8 meses si fueran menores de 25 años.
- Desempleados a quienes se haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, para su incorporación como socios a la sociedad cooperativa o sociedad laboral que solicita la subvención, siempre que el periodo de prestación por desempleo que tengan reconocido no sea inferior a 360 días si tienen 25 años o más y a 180 días si son menores de 25 años.
- Mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.
- Desempleados minusválidos con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
- Desempleados en situación de exclusión social pertenecientes a alguno de los colectivos contemplados en el Programa de Fomento del Empleo vigente en el momento de la incorporación como socio.
- Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a 24 meses, con una vigencia mínima de seis meses a la fecha de solicitud de la subvención.
- La incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de los nuevos socios por los que se percibe la ayuda. A efectos del cálculo del incremento del empleo se tendrá en cuenta el número de socios trabajadores o de trabajo y el número de trabajadores con contrato indefinido.
- No podrá concederse esta subvención cuando se trate de incorporación de socios trabajadores o de trabajo que hubieran ostentado tal condición en la misma empresa en los dos años anteriores a su incorporación como socios.
Cuantía de las subvenciones
- La cuantía de esta ayuda será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos descritos en los cuatro puntos primeros del apartado anterior, que se incorpore a jornada completa como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cuatro colectivos y es mujer, la cuantía será de hasta 7.000 euros.
- Cuando la persona incorporada sea mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento, la cuantía será de hasta 7.000 euros.
- En el caso de minusválidos, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el de los desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, si en ambos casos la incorporación es a jornada completa.
- Estas subvenciones podrán ser concedidas cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial, si bien en este caso la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada.
- Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Requisitos
- Los desempleados que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo deberán estar inscritos en la oficina de empleo.
- Previamente a la solicitud, la persona que se incorpore como socio debe estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. Se podrá solicita esta subvención por las incorporaciones como socios cuyas fechas de alta en la Seguridad Social tengan lugar a lo largo del período que se establezca en las respectivas convocatorias.
Ayudas al DESARROLLO RURAL
El Programa Leader es ya un clásico en las ayudas para el desarrollo rural. Actualmente está vigente el programa 2014 -2020 cuyo objetivo es mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y fomentar la diversificación de la actividad económica. Para ello existen estas ayudas y subvenciones cuya financiación proviene en un porcentaje mayoritario del FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) y el resto de las Administraciones Central y Autonómica, que apoyan de manera directa la creación y el desarrollo de microempresas en el ámbito rural.
Los proyectos y actuaciones que quieran contar con ayudas LEADER deben cumplir unos objetivos generales fijados en el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 1698/2005.
Estos proyectos deben localizarse en municipios incluidos en la zona de actuación de cada Grupo de Acción Local o Grupo de Desarrollo Rural, (GDR). La red española de Desarrollo Rural te ayuda a identificar si existe un grupo de desarrollo rural en tu zona a través de su buscador. Las Concejalías de cada Comunidad Autónoma recogen las bases de la convocatoria.
En la Comunidad Valenciana podemos encontrar toda la información de las actuaciones subvencionables, los municipios beneficiarios y el resto de información en la siguiente página web http://www.agroambient.gva.es/web/desarrollo-rural/ayudas-y-subvenciones-leader
Comarcas como “El Maestrat”, “La Plana Alta”, “Palancia Millars”, “Castelló Sud”, “Turia-Calderona”, “Massís del Caroig”, “Serra Grossa”, “Riberes del Xúquer” o “Muntanya d´Alacant” son algunas de las beneficiarias de este programa.
Estas ayudas a fondo perdido, cuya cuantía máxima será el porcentaje de ayuda será de hasta el 90% del gasto total elegible, salvo en el caso de las administraciones públicas que será de hasta el 100%. El límite máximo de ayuda será de 36.000,00 euros por proyecto. Estas van destinadas tanto a trabajadores autónomos, o que vayan a serlo a través del proyecto presentado, (debiendo en este caso darse de alta antes de la certificación de finalización de las inversiones), como a pymes (Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales y cualquier otra entidad, asociativa o societaria recogida en la legislación vigente), como a Comunidades de Bienes u otras entidades de tipo comunal. Siempre y cuando tengan menos de 10 trabajadores y su volumen de negocio anual no supere los 2 millones de euros.
Subvenciones a la EFICIENCIA ENERGÉTICA
Dentro del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital encontramos el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, comúnmente conocido como IDAE. En el marco de este órgano se ha puesto en marcha subvenciones de eficiencia energética, que tienen como fin incentivar y promover la realización de actuaciones de reforma que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables y la reducción de emisiones de dióxido de carbono, en los edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares. Todo ello encuadrado en un programa de ayudas y financiación que cuenta con 200 millones de euros, Programa Pareer-Crece.
Ayudas a la REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS
El pasado mes de marzo de 2018, fue aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo) que incluye entre otros aspectos ayudas a la rehabilitación de edificios.
El plan de Vivienda 2018-21 incluye diferentes tipos de ayudas. Entre ellas se encuentran las destinadas a la rehabilitación de edificios y a la regeneración urbana y rural.
Novedades:
- Se incluye las viviendas en el medio rural como beneficiarias de las ayudas a la rehabilitación. Estas no se incluían antes.
- Las ayudas serán incrementadas en un 25% si los jóvenes rehabilitan su vivienda en municipios de menos de 5.000 habitantes.
- El alquiler y la adquisición de vivienda también será subvencionado para los jóvenes. Deberá de ser su vivienda habitual y encontrarse en un municipio de menos de 5.000 habitantes. Los ingresos deberán ser inferiores a tres veces el IPREM. Además el precio máximo de adquisición deberá de ser de 100.000 euros con un límite de ayuda del 20% y de 10.800 euros por vivienda.
- Se promueve también la rehabilitación de viviendas con servicios e instalaciones adaptados pensando en las personas mayores y las personas con discapacidad. Las viviendas deberán destinarse durante un plazo mínimo de 40 años al alquiler. Será necesario cumplir con las condiciones de renta límite (9,5 euros/m² útil) e ingresos del arrendatario (menor a 5 veces el IPREM). El promotor recibirá hasta 400 euros/m² útil, con un límite del 40% de la inversión
Estas ayudas son genéricas, la gestión y la cuantía de la ayuda dependerá de la comunidad autónoma en la que residamos. Cada Comunidad Autónoma solicita requisitos distintos, tiene formularios diferentes, hay que saber algo de balances y flujos de caja por lo general. Hay que preparar muy sólidamente la documentación, suelen ser bastantes papeles, para lograr el mayor porcentaje de su inversión.
En la Comunidad Valencia estas ayudas se gestionan a través de la Generalitat Valenciana, Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebració del Territori: http://www.habitatge.gva.es/es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/ayudas-convocatorias-2018
Los plazos de presentación para este año 2018, ya han finalizado, por lo que habrá que estar atentos para la convocatoria del año que viene. Este año salió hacia el mes de Junio.
Subvenciones y Ayudas a la CONTRATACIÓN
En caso de que estemos pensando en contratar a personal para nuestro negocio rural, debemos de averiguar si hay ayudas o subvenciones de las que nos podamos beneficiar. Este tipo de ayudas dependen mucho de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, por lo que habrá que ver analizar cada caso, en cada momento.
Hay 2 tipos de ayudas:
1. Bonificaciones / Reducciones en las cuotas a la Seguridad Social
Se trata de ahorros en las cotizaciones a la seguridad social de los empleados contratados bajo unas condiciones específicas (contratación indefinida, contratos formación o aprendizaje, grupos de población cuya contratación se quiere fomentar dependiendo de la edad, género, discapacidad etc).
Son gestionados por los Servicios Estatales de Empleo (SEPE)
Se acceden a ellas simplemente informando al SEPE de la contratación bajo los requisitos exigidos.
Las condiciones concretas para obtener cada bonificación/reducción se encuentran explicadas en este enlace:
2. Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida
Estas subvenciones las gestionan las Concejalías de cada Comunidad Autónoma o los Ayuntamientos, aunque a estas fechas del 2018, el plazo de presentación de prácticamente todas las convocatorias ya ha finalizado.
El objeto de esta convocatoria es fomentar el empleo estable y de calidad por medio de ayudas económicas destinadas a favorecer la contratación indefinida que rondan los 5.000 € por contratación si cumplen con los requisitos establecidos.
En Valencia se engloban en el Programa de Ayudas Municipales “Valencia Activa Emplea 2018” que pretende favorecer la contratación indefinida a tiempo completo en el municipio de València, así como fomentar la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo. La convocatoria terminó el 17 de julio de 2018 por lo que, si estamos interesados en contratar, deberemos estar atentos durante el 2019 a lo que se publique en este portal http://valenciactiva.valencia.es/es/valencia-emprende/ayudas-contratacion-valencia-activa-emplea.
Ayudas para MUJERES EMPRENDEDORAS
Como ya habéis podido ver, algunas de las subvenciones y ayudas que hemos comentado, tienen un importe mayor en caso de que el solicitante sea una mujer (por ejemplo en el Programa de fomento del empleo autónomo o en las subvenciones incorporación de socios desempleados a COOPERATIVAS, los importes son mayores cuando se trata de UNA EMPRENDEDORA o es más beneficioso para el empleador, contratar a mujeres de una determinada edad) pero además de esto, nos encontramos con el Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM) de las Cámaras de Comercio de España. A través de este servicio se ofrece asesoramiento y acompañamiento especializado a todas las mujeres que quieren emprender https://empresarias.camara.es/casos-exito/?inicio=40
Resumen de Subvenciones para casas rurales en la Comunidad Valenciana
El programa de promoción del empleo autónomo
Ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Convocatoria 2018
CERRADA (fecha de cierre el 1/10/2018)
Beneficiarios
Podrán solicitar la ayuda las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro Servef que hayan iniciado la actividad autónoma a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden de convocatoria 2015.
Cuantía
- Desempleados en general: 2.500 euros.
- Desempleados menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros.
- Desempleados con una discapacidad de al menos el 33%: 4.000 euros.
- Mujeres desempleadas víctimas de la violencia de género: 4.500 euros.
El importe establecido en los tres primeros casos se incrementó en 500 euros si el beneficiario era una mujer.
Entidad que gestiona: SERVEF aunque desde los ayuntamientos también se convocan ayudas para este mismo colectivo y hay que ver si es más beneficiosa una o la otra puesto que entran en incompatibilidad.
Pago único y capitalización del desempleo
Si estás interesado o interesada en iniciar tu propio negocio rural, esta es una alternativa muy interesante, ya que permite cobrar en un solo pago hasta el 100% del importe pendiente de la prestación por desempleo y hacer frente así a parte de la inversión inicial. Otra alternativa, en lugar de cobrar la totalidad en un pago único, es la de compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el alta en actividades económicas.
Entidad que gestiona: SEPE Servicio Público de Empleo Estatal
Subvenciones para la creación de COOPERATIVAS y sociedades laborales
Beneficiarios
Cooperativas y Sociedades Laborales con Socios Trabajadores
INTEGRACION SOCIOLABORAL
Objeto
Subvencionan la incorporación, con carácter indefinido, como socios de cooperativas y sociedades laborales, de personas desempleadas o trabajadores con contrato temporal en la propia cooperativa.
Requisitos | Importe de la Ayuda | ||
a. Menores de 30 años | Hombre: 8.000 € | Mujer: 10.000 € | |
b. Mayores de 45 años | Hombre: 8.000 € | Mujer: 10.000 € | |
c. Desempleados Larga Duración | Hombre: 8.000 € | Mujer: 10.000 € | |
d. Perceptores de pago único | Hombre: 8.000 € | Mujer: 10.000 € | |
e. Mujeres durante los 24 meses después del parto | 10.000 € | ||
f. Personas con diversidad funcional | 12.000 € | ||
g. En riesgo de exclusión social | 12.000 € | ||
h. Trabajadores temporales que pasen a socios | Hombre: 6.000 € | Mujer: 8.000 € | |
ASISTENCIA TÉCNICA
Requisitos / Objeto de las Actuaciones | Importe de la Ayuda |
a. Contratación de Directores y Gerentes | Hasta el 50% del coste |
b. Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otras análogas. | Límite máximo 20.000 € |
c. Informes económicos y auditorías no obligatorias |
INVERSIÓN
Requisitos / Objeto de la Ayuda | Importe de la Ayuda |
Inversión mínima 2.000 € en: · Activos Fijos Nuevos · Terrenos · Edificios ya construidos · Inversión en TICS · Equipos para la producción (instalación técnica, maquinaria o utillaje) · Mobiliario (empresas de servicios) · Vehículos Industriales Si acreditan incremento neto de la ocupación en los 36 meses anteriores a la solicitud | Hasta el 50% del coste de adquisición excluidos impuestos. 30% en inmuebles. 10% de los terrenos. Con un máximo de 15.000 € por cada incorporación de socio y de 5.000 € por cada incorporación de trabajador indefinido no socio
|
CREACIÓN DE NUEVA EMPRESA
Objeto de la Ayuda | Requisitos | Importe de la Ayuda |
Gastos de Notaría, Registro e informes de apertura del establecimiento | Al menos 2 socios trabajadores incorporados efectivamente al trabajo | Hasta el 100% del importe |
Gastos de Gestoría y Asesoría | Hasta el 30% con límite de 500 € | |
Importe máx: 2.500 € < 4 socios 3.000 € > 4 socios |
Publicación de la convocatoria en la web: www.gva.es/subvencionesecosocial
Más información en
http://www.fevecta.coop/cooperatives-de-treball/ajudes-2018/
AYUDAS AL DESARROLLO RURAL
Objeto
Mejora de la calidad de vida de los habitantes del medio rural valenciano en el marco de un modelo social y medioambiental sostenible, mediante varios caminos, uno de ellos es conseguir la diversificación de la actividad económica de las zonas rurales.
Beneficiarios
Destinadas tanto a trabajadores autónomos, o que vayan a serlo a través del proyecto presentado, (debiendo en este caso darse de alta antes de la certificación de finalización de las inversiones), como a pymes (Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales y cualquier otra entidad, asociativa o societaria recogida en la legislación vigente), como a Comunidades de Bienes u otras entidades de tipo comunal. Siempre y cuando tengan menos de 10 trabajadores y su volumen de negocio anual no supere los 2 millones de euros.
Todos ellos englobados por Grupos de Actuación Local (GAL):
MAESTRAT – PLANA ALTA LEADER 1420
Zona Rural LEADER 1
ALTMAESPORTS LEADER
Zona Rural LEADER 2
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS COMARCAS
INTERIOR – @DICI
Zona Rural LEADER 3
ASOCIACIÓN PALANCIA-MIJARES 14/20
Zona Rural LEADER 4
GRUPO DE ACCIÓN LOCAL CASTELLÓN SUR 14-20
Zona Rural LEADER 5
http://galcastellonsur1420.org/
ASOCIACIÓN DESARROLLO RURAL TURIA-CALDERONA
Zona Rural LEADER 6
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE – RURABLE
Zona Rural LEADER 7
-ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS MUNICIPIOS
DEL CAROIG, SERRA GROSSA Y RIBERES DEL XÚQUER
Zona Rural LEADER 8
ASSOCIACIÓ SOM RURALS
Zona Rural LEADER 9
GRUP d’ACCIÓ LOCAL RURAL MUNTANYA d’ALACANT
Zona Rural LEADER 10
https://www.galruralmuntanyadalacant.com/
ASOCIACIÓN PARA LA SOSTENIBILIDAD E INNOVACIÓN RURAL – ASIR
Zona Rural LEADER 11
http://www.galsurdealicante.es/
Importe de la Ayuda
Ayudas a fondo perdido, cuya cuantía máxima será de hasta el 90% del gasto total elegible, salvo en el caso de las administraciones públicas que será de hasta el 100%. Con un límite máximo de 36.000,00 euros por proyecto.
Gestiona
Consellería d´Agricultura
http://www.agroambient.gva.es/web/desarrollo-rural/ayudas-y-subvenciones-leader
AYUDAS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Objeto de las Actuaciones
Entre otros la rehabilitación de edificios y viviendas para la mejora de la eficiencia energética, conservación y/ accesibilidad.
Beneficiarios
Propietarios de inmuebles o comunidades de propietarios.
Importe de las Ayudas
- 40% del coste subvencionable de la actuación, con un importe máximo de 8.000 euros por vivienda y 80 euros por metro cuadrado de superficie construida.
A la ayuda unitaria básica podrán sumarse 1.000 euros de ayuda unitaria complementaria por vivienda y 10 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local, para edificios o viviendas unifamiliares declaradas Bien de Interés Cultural.
En el caso de edificios de viviendas unifamiliares, aisladas o agrupadas en fila, la cuantía máxima, en este supuesto, será de 18.000 euros.
- Ayuda complementaria a las viviendas en función del nivel de ingresos En aquellas viviendas en las que la unidad de convivencia, beneficiaria de las ayudas, que resida en la misma, tenga unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM (Indice de Precios de Referencia de Efectos Múltiples), podrá justificar el derecho a obtener una subvención complementaria de la anterior por una cuantía del 35%
- La Generalitat Valenciana, de forma adicional a las ayudas que se financiarán por el Ministerio de Fomento, concederá una ayuda a la comunidad de propietarios o propietario único, del 10% del coste subvencionable de la actuación, con un tope máximo de 2.000 euros por vivienda y 20 euros por metro cuadrado.
Gestiona
Consellería de vivienda, obras públicas y vertebración del territorio http://www.habitatge.gva.es/es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/ayudas-convocatorias-2018
El “Portal del Emprendedor” de la Generalitat Valenciana, trata de recoger todas aquellas subvenciones disponibles para iniciar un negocio en esta Comunidad http://www.emprendedores.gva.es/ca/ayudas_subvenciones_listado
¿Es fácil conseguir una subvención para una casa rural?
Si se cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, la dificultad radica en límite del presupuesto adjudicado a la convocatoria, es decir, podemos cumplir todos los requisitos, pero cuando nosotros hacemos la solicitud dentro del plazo, puede ocurrir que los fondos ya se hayan agotado y por tanto no nos podrán conceder la subvención.
Ahí es clave que seamos de los primeros en solicitarlo, puesto que se las subvenciones se van concediendo según van llegando las solicitudes hasta finalizar los fondos.
Por eso, es muy importante que estemos atentos a la publicación de las convocatorias.
En cualquier caso, debes tener en cuenta que, cualquier subvención se concede con posterioridad al momento en que deberás hacer el desembolso. Es decir, siempre vas a tener que hacer tú la inversión inicial o buscar financiación y posteriormente recibirás los fondos (puede que un año más tarde o incluso tarde más tiempo).
¿Es necesario un gestor o gestoría para el turismo rural?
Como ves, son muchas las entidades a las que debes acudir para tramitar las distintas subvenciones a las que puedes acceder.
No siempre resulta fácil localizarlas y conseguirlas, porque entran en juego distintos factores tales como las fechas de inicio de actividad, fechas de las convocatorias u otros como la incompatibilidad entre unas y otras, o los requisitos formales para su presentación.
En ocasiones se solicitan informes técnicos, la elaboración de informes de viabilidad del proyecto, la elaboración de Balances Previsionales tanto de resultados (PyG) como de Flujos de Tesorería etc que requieren ciertas nociones de económico-administrativas.
Por otra parte, debes saber que en ocasiones exigen el mantenimiento de las condiciones durante un período de tiempo mínimo, por ejemplo, en las subvenciones al autoempleo exigen que se mantenga el alta de autónomo durante un mínimo de tiempo. Por eso, debemos de entender muy bien a qué nos obliga la subvención porque de no cumplir los requisitos posteriores nos harían devolver el importe de la misma.
También se debe cuidar las formas y los pasos puesto que hacer el 2 antes que el 1 puede llevarte a no poder solicitar una ayuda.
LA Solución Rural quiere poner a disposición de los propietarios de casas rurales nuestra experiencia y saber hacer para la gestión tanto operativa como en este caso más económica-administrativa del negocio rural para que todo sea sencillo y puedas aprovecharte de todos los beneficios que tienes a tu disposición.
Te animamos a que nos contactes si deseas ayuda para recibir las subvenciones ya que en somos expertas en trámites y ayudas al turismo rural.